Yacotzin Bravo Espinosa[1]
En diversos rincones de nuestro país existen espacios autónomos que disputan el control territorial frente el despojo capitalista.
Al hablar de autonomías necesariamente tenemos que remitir a la lucha que los pueblos y comunidades indígenas han emprendido desde 1992 por el reconocimiento de sus derechos colectivos mediante la vía legislativa y judicial, así como a través el desarrollo y fortalecimiento de sus procesos autonómicos en diferentes escalas: desde las comunales, las municipales (como el pueblo p’urhépecha de Cherán en Michoacán) hasta las regionales (como los pueblos Mè’phàà y Na’ savi de la región Montaña y Costa chica en Guerrero contra la minería a cielo abierto).
A través de estos procesos autonómicos los pueblos indígenas han disputado el respeto de las múltiples y diversas formas de gobernabilidad sobre sus territorios y bienes comunes frente al Estado, las empresas y los grupos del crimen organizado.
En el centro de la disputa está su capacidad de controlar sus territorios mediante sus propias estructuras de gobierno y derechos o sistemas normativos en contextos de violencias y despojo extractivo.
A estas experiencias se suman otros esfuerzos de construcción autonómica que, aunque menos visibles, también le están disputando al capital los bienes comunes, como el control del agua. Estos procesos colectivos tienen historias y permanencias diferentes a las indígenas; características, componentes y alcances singulares; así como relaciones variadas con los diferentes niveles estatales.
En Tlaxcala, de acuerdo al INEGI (2020), hay 1,050 localidades rurales y 125 urbanas. De ellas, se calcula la existencia de alrededor de 640 (CONAGUA) comunidades rurales y periurbanas donde la extracción, almacenamiento y administración del agua está a cargo de los Comités Comunitarios de Agua Potable.
Estos Comités son órganos de gobierno comunales cuya composición es diferente en cada comunidad, aunque se puede decir que, en general, se integran por un presidente, un tesorero, un secretario y un grupo de vocales o comisiones de cobro y un bombero.
Las personas que los integran son vecinas y vecinos de cada comunidad que se eligen por asamblea de vecinos o mediante el sistema electoral oficial.
El momento de elección o cambio de autoridades puede ser anual, aunque hay comunidades donde, por ejemplo, cambian a las comisiones de cobro bimestralmente. Un elemento común en las comunidades es que estos cargos son honoríficos a excepción del bombero que en algunas ocasiones puede tener salario del Ayuntamiento.
Otro denominador común muy importante es que se rigen por usos y costumbres que son regulaciones comunitarias que tienen que seguir los integrantes del Comité para gestionar el agua para sus habitantes.
Si bien es cierto, la distribución y abastecimiento de agua potable, drenaje y alcantarillado es un servicio público que deben otorgar los municipios, tiene enorme trascendencia la existencia de los Comités Comunitarios de Agua Potable.
En ellos, el control del agua se realiza colegiadamente por ciudadanas y ciudadanos donde predomina el interés de la comunidad frente a la explotación y acumulación del agua que se da a lo largo de la Cuenca del Alto Atoyac a consecuencia del crecimiento industrial desde los años 60 del siglo pasado.
Industrias que, además, han convertido a las comunidades en una región de emergencia sanitaria y ambiental como lo ha documentado el Centro Fray Julián Garcés, Derechos Humanos y Desarrollo Local, y lo ha reconocido el gobierno federal, sobre todo a través de la Secretaría de Salud y el Conacyt.
Aún con los problemas y conflictos que atraviesan los Comités al interior de sus comunidades y en su relación con los municipios, la entidad federativa y la federación, no cabe duda que esta apuesta de gestión del agua muestra la fuerza comunitaria en Tlaxcala.
De hecho, la comunidad es un nivel de gobierno reconocido en la Constitución local (artículo 90) y en la Ley Municipal (artículos 3 y 12) a través de la figura de Presidente de Comunidad. Esta figura es incorporada al gobierno municipal como auxiliar, sin embargo, revela que la comunidad es un espacio político importante que se regula por sus propios usos y costumbres.
Incluso la propia ley municipal reconoce que hay Presidentes de Comunidad que son elegidos mediante usos y costumbres y no únicamente a través de elección oficial.
En este sentido, los Comités Comunitarios de Agua Potable nos muestran una fuerza comunitaria política y normativa que, con diferentes características, alcances y relaciones con los diferentes ámbitos de gobierno construyen procesos autonómicos que le disputan a la mercantilización y privatización del agua al propio Estado y a las empresas en la Cuenca del Alto Atoyac.
[1] Profesora de tiempo completo en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey e investigadora en el Proyecto Conacyt “Reapropiación socioambiental para el manejo integral y comunitario de la cuenca Atoyac–Zahuapan.”
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