Tlaxcala. Con el año nuevo, también el Sistema de Administración Tributaria (SAT) dispuso cambios fiscales que es importante consideres a partir de mañana.
Además del INE será obligatorio tramitar tu RFC
¿Vas a cumplir 18 años?, además de tu credencial para votar, que te identifica de manera oficial, deberás tramitar tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Sin importar si generas ingresos o no, el SAT está autorizado para cancelar o suspender un RFC cuando el contribuyente deje de realizar actividades por cinco ejercicios fiscales consecutivos.
Con estas modificaciones, el organismo se dotará de una base de datos que pondrá en el radar a los jóvenes que se incorporan a la vida productiva y a los más de 30 millones de mexicanos que trabajan en la informalidad.
No hagas bromas con los conceptos, ¡Cuidado al transferir!
Si eres de los que te gusta bromear con tus amigos al momento de hacer transferencias, pensando que solo tu lo ves, esto puede generarte problemas.
Por el aumento de transferencias que se realizan actualmente, los sistemas de monitoreo suelen usar inteligencia digital para ubicar las palabras clave y así evitar algún intento de lavado de dinero.
Cuando el SAT identifique un nombre o concepto raro, te puede llamar o citar para que des una explicación, y si no es convincente, deberás mostrar pruebas de que se trata de una transferencia limpia.
Atención a las transferencias que recibes
Los bancos tienen como obligación reportar al SAT, a más tardar el 17 de enero de 2022, aquellos depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos.
Si detecta que hay una diferencia considerable entre tus ingresos y tus gastos, el organismo podrá hacer el cobro correspondiente de impuestos.
Nota: En especial al pagar los servicios básicos, deberás poner especial atención porque serán más vigilados los pagos en efectivo.
Régimen simplificado de confianza para personas físicas y morales
Estos cambios, da facilidad a pequeñas y medianas empresas que son: la reducción de la tasa efectiva de ISR de 1% a 2.5%, para quienes tengan ingresos menores a 3.5 millones de pesos al año.
¡Pero tranquilízate!, también habrá cambios para bien…
¡Toma esto SAT! ¿Qué gastos personales son deducibles de impuestos?
*Salud: los honorarios médicos, dentales y por servicios de psicología, nutrición, enfermeras, estudios clínicos, etc.
También compra o alquiler de aparatos médicos, lentes graduados, primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de las instituciones de salud.
Nota: estos deberán ser efectuados para ti, tu esposa(o), concubina(o), padres, abuelos, hijos y nietos.
*Educación: las colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial de estudios, desde educación básica, hasta bachillerato o equivalente, con un límite anual.
14 mil 200 anuales para preescolar 12 mil 900, para secundaria 19 mil 900, para profesional técnico 17 mil 100, y bachillerato o su equivalente hasta por 24 mil 500 pesos.
*Gastos funerarios: podrás realizarlos en cualquier modalidad de pago, debes contar con factura y pertenecer a hijos, padres, abuelos o cónyuge.
Puedes obtener saldo a favor si estas deducciones las presentas en tu declaración anual.
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