Tlaxcala. De acuerdo con una nota que publicamos hace un año, informamos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SPJN) le señaló al Congreso de Tlaxcala que no consideró a todos los sectores en la aplicación de la Ley de Educación.
Específicamente se trata de los casos de Educación Especial y Educación Indígena, en que no se consultó con personas del sector sus opiniones.
En su momento, la Suprema Corte impugnó algunos artículos de una norma, no toda. Esto en gran parte a que el Estado no puede quedarse sin Ley de Educación para regular sus funciones.
Dado que se trataba de un acto de anti-constitucionalidad, la Comisión Nacional de Derechos Humanos promovió acciones ante el tribunal supremo.
Puedes Leer el documento aquí.
La importancia de esta comunidad en la educación
Para tener un contexto de la relevancia de estas adecuaciones hay que considerar lo siguientes datos que proporciona la Secretaria de Educación Pública del Estado de Tlaxcala:
- Educación especial en el estado tiene mas de 7 mil alumnos, distribuidos en 20 Centros de Atención Múltiple (CAM) y 72 Unidades de Servicio de Atención a Escuelas Regulares (USAER); en 118 preescolares, 258 primarias, 54 secundarias y 6 escuelas indígenas.
- Por su parte, Educación Indígena, con hablantes de náhuatl y otomí cuenta con 56 escuelas en toda la entidad y poco mas de 5 mil 500 alumnos, que se encargan de preservar las lenguas indígenas y las tradiciones de estas comunidades.
¿Qué sigue para una correcta Ley de Educación?
En los próximos días deberán hacer una consulta con mesas de trabajo que compongan directivos, maestros e incluso padres de familia, para hacerla realmente integral.
Entre lo que se prepara para esto es la realización de algunos eventos culturales, aunque aún no se tiene mucha claridad en qué tipo de organización tendrán para el desarrollo de la consulta. Sobre todo en qué personajes de la educación participarán.
¿Por qué debe haber claridad en qué actores participan?
La Suprema Corte fue muy clara, “no se está tomando en cuenta la opinión de sectores de comunidades indígenas y personas con discapacidad»; por lo que mandata que en primer lugar, se escuche directamente a las personas con discapacidad y personas indígenas.
Además, que debe valerse de los testimonios, las necesidades y la opinión de quienes trabajan directamente con el grupo a considerar. El desconocimiento de los factores internos desembocan en la aplicación fallida de reformas que no dan ningún beneficio a quienes se busca proteger.
¿Cuáles son los artículos a modificar?
La norma en educación cuya última actualización se hizo en el año 2020, son los artículos 11, 12, 35, 54, 62, 63, 84, 112 y 151, que corresponden a personas indígenas.
Para las personas con discapacidad son: 22, 54, 67, 70, 71, 84, 90, 103, 110, 126, 145 y 180.
Hay que precisar que no todos tendrán una modificación, algunos solo requieren la integración de estos sectores, pero será la LXIV legislatura quien lo determine.
Para estos trabajos, se requerirá que se sumen Educación Especial y Educación Indígena, que son departamentos existentes en la Secretaría de Educación del Estado de Tlaxcala. De igual forma, padres de familia, alumnos, docentes y directivos que se desenvuelven en estas ramas educativas.
Aquí te compartimos el documento para que puedas leerlo completo.
Desde Escenario Tlx, daremos seguimiento a la consulta y a las voces que se sumen a este ejercicio de consulta.
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