En Tlaxcala y 29 estados personas con VIH aún pueden ser criminalizadas

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Tlaxcala, Tlax. Ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tuvo la posibilidad de derogar un artículo del Código Penal Federal. Se trata del artículo 199-Bis en el que se deja la puerta abierta para criminalizar a personas que viven con VIH. Una disposición que en Tlaxcala y otras 29 entidades federativas del país siguen contemplando en sus códigos penales.

En la última actualización del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala se lee en el capítulo 1 el apartado «Peligro de contagio» del título XI Delitos de peligro contra otras personas.

Allí el artículo 302 reza:

Al que sabiendo que padece una enfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por cualquier medio transmisible, se le impondrán de tres a cinco años de prisión; y multa de doscientos dieciséis a trescientos sesenta días de salario. Sin perjuicio de que la autoridad judicial determine su cuidado o vigilancia en un establecimiento adecuado hasta que cese el periodo infectante.

En caso de que se trate de una enfermedad incurable, se le impondrá una pena de tres a diez años de prisión y multa de doscientos dieciséis a setecientos veinte días de salario.

En tanto, en el Código Penal Federal se encuentra así:

El que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, será sancionado de tres días a tres años de prisión y hasta cuarenta días de multa.

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Se deja la puerta abierta a la criminalización

Para Ro Banda, comunicólogo social que vive con VIH desde 2015, «La SCJN anula todos los avances que existen. El decir ‘eres un riesgo’ ya no aplica. Los avances y conocimientos científicos ya no están en ese lugar. Con este artículo invita a castigar al que lo tenga y no lo diga. El Estado criminaliza para ‘controlar’ una epidemia que no ha podido controlar y la sociedad está fungiendo el papel de cazadores de brujas», señaló en entrevista para Lado B y Pie de Página.

Y mientras a nivel federal la prisión como sanción va de tres días a 3 años, en el Código Penal de Tlaxcala las sanciones van de entre tres a cinco años; esto cuando «se trate de una enfermedad incurable». Una disposición que no contempla que en la actualidad una persona que vive con VIH puede tener calidad de vida digna, pudiendo llegar en menos de seis meses – luego de ser diagnosticada – a un estado de indetectable; es decir, que no transmite el virus. Tampoco se considera que una vacuna contra esta enfermedad se encuentra ya en fase III.

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Reflexiones sobre lo local

Alex tiene 27 años, es de la capital de Tlaxcala y vive con VIH. Cuando supo de su diagnóstico, en agosto de 2019, comparte que sintió impotencia por sentir que la vida se había terminado para él. También recuerda que pensó que su vida sexual se había terminado porque era «portador de muerte». Cuenta que le ha tomado todo un proceso redescubrirse, y que justo vivir con VIH lo ha hecho más cuidadoso, disciplinado y responsable. «Lograr ser indetectable era la meta que me propuse cuando supe que existía esa puerta. Me siento afortunado de haber logrado atravesarla en diciembre de ese mismo año».

Alex no es su verdadero nombre. Pidió que se modificara para cuidar su identidad con temor ante la discriminación que ha observado en Tlaxcala. Y aunque es consciente de que en este momento la enfermedad que adquirió es incurable, en el Capasits ha aprendido mucho; por lo que al leer el artículo 302 dice «siento que me colocan las mismas etiquetas con las que siempre se ha escuchado nombrar a las personas con VIH: sidoso, sucio, enfermo terminal».

Para Jesús, quien vive en Ciudad de México pero tiene familia en Tlaxcala, le parece que la Ley es adecuada; no obstante, «en una sociedad moralista y tradicional como lo es Tlaxcala, se puede desvirtuar». Y precisa: «La Ley no enuncia que las personas que tienen VIH sean criminales; sino al que sabiéndose portador, contagia. Entonces es un tema de vivir una sexualidad responsable pues el riesgo de contagio sigue existiendo, aunque la esperanza de vida sea hoy mayor».

Un debate nacional

Los únicos estados que actualmente no tipifican el delito de «peligro de contagio» son Aguascalientes y San Luis Potosí. Éste último intentó en 2016 hacerlo pero no lo consiguió.

Organizaciones de la sociedad civil señalaron que la pandemia de Covid-19 ha provocado un incremento en las sanciones de esta disposición. En el caso de Puebla, está el caso de los diputados morenistas Nora Escamilla y Gabriel Biestro, quienes bajo el pretexto de la contingencia sanitaria buscan ampliar la pena de cinco a diez años de cárcel. Esto, aunque su iniciativa no menciona Covid-19.

Mientras tanto, este 4 de junio el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH y el SIDA (CENSIDA) emitió un comunicado que en su punto 3 enuncia:

Está comprobado que la tipificación del “riesgo o peligro de contagio del VIH” o figuras análogas que aparezcan en las legislaciones de las entidades federativas como medidas de “prevención especial” no operan en ese sentido, ya que los sistemas de administración de justicia se encuentran rebasados y que tales penalizaciones generan más daños que beneficios en términos de impacto en la salud pública y en el respeto y garantía de los derechos humanos; promueven el miedo, el estigma, la discriminación y fortalecen la idea errónea de que quien vive con VIH o sida es delincuente.

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Comunicado que puedes revisar completo aquí,  y que se publica luego de que la Policía de Investigación (PDI), de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México, privara de su libertad a Juan Francisco “N”.

Según la investigación, en agosto de 2019 su pareja encontró medicamentos del tratamiento de VIH. Al no conocer su estatus, lo denunció por considerar peligro de contagio.

A Juan Francisco “N” se le otorgó su libertad el 7 de junio pasado.

Sobre las 30 entidades que mantienen la tipificación

El activista y maestro en Comunicación y Cambio Social, Adán Cuamatzi por la Universidad Iberoamericana Puebla compartió en entrevista para este medio que el caso de Tlaxcala es como el de otras diez entidades; en sus códigos penales hacen referencia a enfermedades graves sin hacer mayor alusión.

Sin embargo, hay código penales que enuncian enfermedades venéreas «cuando ya no se usa desde hace más de 20 años», comparte Cuamatzi. Se trata de 18 entidades, entre ellas Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz y Puebla.

En tanto, Tamaulipas, Coahuila, Guerrero y Oaxaca colocan de manera textual el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida o Sífilis.

El también Secretario del Consejo directivo en Vida Plena Puebla, compartió que «sigue siendo complicado poder denunciar a una persona con VIH y comprobar que quien lo transmite lo hace manera dolosa». No obstante, desde su perspectiva esta tipificación de delito «no abona a nada, fortalecen un entorno de estigma y de discriminación muy severo contra personas con VIH o con otra enfermedad de transmisión sexual».

Y enfatizó: «Si tenemos un Estado que criminaliza a las personas que tienen VIH, lo único que vamos a hacer es que estas personas no logren el estado de salud idóneo por tener miedo al diagnóstico oportuno; y entonces, las formas de transmisión continuarán».

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Aldo Castillo
Aldo Castillo
Comunicólogo de profesión, músico por pasión, docente y periodista con convicción.
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