Tlaxcala, Tlax. La diputada por MORENA, Marcela González Castillo presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Residuos para el estado de Tlaxcala. ¿De qué va? ¡Te contamos!
En cumplimiento con la Ley de Desarrollo Sostenible publicada el 2 de junio de 2022, fue necesario expedir la Ley de Residuos sólidos. Por ello, con 24 votos a favor y uno en contra, se aprobó el dictamen en lo general y en lo particular.
Así mismo, entre los comentarios luego de la presentación de la iniciativa destacó el del diputado Juan Manuel Cambrón, quien mencionó que la homologación de la legislación federal con la estatal llevaba 20 años de retraso.
Ley de residuos
Uno de los objetivos de la Ley de Residuos es lograr el manejo ambientalmente adecuado de todos los residuos a lo largo de su ciclo de vida, de acuerdo con los marcos internacionales y reducir su propagación por aire, agua y suelo para minimizar los impactos negativos en la salud humana y el medio ambiente.
Ley de Residuos estará integrada por cuatro títulos, distribuidos a su vez en 89 artículos y 8 disposiciones transitorias. El título primero denominado «Generalidades» establece el objeto de la Ley de Residuos, el ámbito de aplicación, la supletoriedad y los principios rectores además del glosario de conceptos para su interpretación.
Las instituciones obligadas a vigilar y hacer cumplir la Ley de Residuos son: Secretaría de Infraestructura, Secretaría de Salud, PGJE y Ayuntamientos.
El Título segundo identificado como «Planeación en materia de residuos sólidos» y conformado por cinco capítulos abordan el programa estatal, los programas municipales, planes de manejo, instrumentos económicos y educación y comunicación.
El título tercero «Del manejo integral de residuos» se estructurará en 10 capítulos que regularán la generación de residuos, la operatividad de los registros y autorizaciones, políticas de limpieza y separación desde su fuente. La recolección y transporte, así como el tratamiento, disposición final, control, vigilancia, derechos y tarifas.
Por lo que toda empresa o establecimiento que sea persona física o moral con domicilio o representación en el Estado que genere residuos de manejo especial, deberán registrarse ante la Secretaría o el Municipio correspondiente.
«Responsabilidades ambientales» abordadas en el título cuarto se compone de la contaminación de los sitios, inspección, infracciones, sanciones y reparación del daño ambiental y el recursos administrativo.
Las violaciones a la Ley de Residuos conllevarán infracción según corresponda. Éstas irán desde amonestación; multa; arresto administrativo; clausura, temporal o definitiva; y cancelación de la autorización otorgada en términos de la Ley.
Motivos de infracciones y sanciones
- Arrojar o abandonar residuos sólidos en vía o áreas públicas, predios baldíos, barrancas, cañadas, cableado y en sitios no autorizados, con multa de 5 a 100 veces el valor diario de la UMA al momento de cometer la infracción.
- No separar los residuos sólidos para su manejo conforme a la Ley y otros ordenamientos, con multa de 5 a 100 veces el valor diario de la UMA al momento
de cometer la infracción. - Quemar a cielo abierto, residuos sólidos, con multa de 10 a 200 veces el valor diario de la UMA, al momento de cometer la infracción.
- Abrir, operar y autorizar tiraderos a cielo abierto, con multa de mil a 5 mil veces el valor diario de la UMA al momento de cometer la infracción.
- Verter en cuerpos de aguas, sistemas de drenaje, alcantarillado o en fuentes
públicas, cualquier tipo de residuos sólidos, con multa de 20 a 2 mil veces el valor diario de la UMA al momento de cometer la infracción. - Depositar residuos sólidos en áreas naturales protegidas, con multa de mil a 5 mil veces el valor diario de la UMA al momento de cometer la infracción.
- Mezclar residuos sólidos urbanos y de manejo especial con residuos peligrosos,
con multa de 10 a mil veces el valor diario de la UMA al momento de cometer la infracción. - Realizar actividades de manejo integral de residuos, sin contar con autorizaciones correspondientes o caducadas o suspendidas; con multa de 20 a mil veces el valor diario de la UMA, al momento de cometer la infracción.
- Otorgar a sus clientes de forma gratuita, tratándose de establecimientos mercantiles, bolsas plásticas desechables para el acarreo de sus productos, con multa de 20 a 300 veces el valor diario de la UMA, al momento de cometer la infracción.
- No instalar, estando obligados los establecimientos con acceso al público que
prevé esta Ley, contenedores diferenciados para el depósito de residuos sólidos; con multa de 10 a 300 veces el valor diario de la UMA, al momento de cometer la infracción. - No operar con seguridad y en términos de lo dispuesto por esta Ley, servicios autorizados relacionados con el transporte y almacenamiento de los residuos sólidos, con multa de 50 a 2 mil veces el valor diario de la UMA, al momento de cometer la
infracción.
Motivos de la expedición de ley
La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos define y establece el sistema de distribución de competencias de la federación, entidades y municipios en materia de prevención de la generación, aprovechamiento y gestión integral de los residuos, así como de prevención de la contaminación de sitios y su remediación.
Por otro lado, la Constitución Política de Tlaxcala garantiza el derecho a toda persona a gozar de un ambiente saludable, precisando que la Ley determinará las medidas a llevar a cabo por las autoridades para protegerlo, preservarlo, restaurarlo y mejorarlo.
Así mismo, reconoce la obligación de los ayuntamientos de prestar los servicios públicos de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos en términos de las leyes federales y estatales.
Con la publicación de la Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Estado se busca establecer bases legales para tutelar el derecho de toda persona a disfrutar de un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar físico, mental y social. Además de prevenir, controlar y restaurar la contaminación del suelo.
Preservar, proteger y restaurar el ambiente en centro de población en relación con los efectos derivados de los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.
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