Tlaxcala, Tlax. El diputado Rubén Terán Águila presentó la iniciativa para reformar la Ley de Archivos del Estado, te contamos de qué va.
La Constitución obliga a todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de acuerdo con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Utilidad de los archivos en derechos humanos
Los archivos son esenciales para asegurar derechos y prestaciones como expedientes personales, documentos de seguridad social, expedientes de salud laboral y seguridad en el trabajo. Así como documentos de servicio militar, entre otros.
De igual forma, hay archivos que ayudan a probar derechos civiles como los censos electorales, los títulos de propiedad de las tierra o documentos que acreditan ciudadanía.
Otros ofrecen evidencias de abusos contra derechos humanos como los de unidades de fuerzas armadas y policías en periodos dictatoriales, documentos de prisiones, morgues y cementerios.
La Declaración Universal sobre los Archivos adoptada en 2010 y respaldada por la UNESCO en 2011 refiere el significado que para los pueblos del mundo tienen los archivos en conjunto con el trabajo de los archiveros y gestores de documentos.
La iniciativa atenderá desde el Congreso la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 93/2021 promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Dicha sentencia contempla los artículos 4; 11, fracción IV; 21, fracción III; 38, 72, 73, 74, 75, 80, 95, 98 y quinto transitorio de la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala.
Ley de Archivos de Tlaxcala
La Ley de Archivos de Tlaxcala, publicada en el Periódico Oficial del estado el 10 de mayo de 2021, transgrede el derecho de acceso a la información pública de acuerdo con el INAI.
Desde la entrada en vigor de la Ley General de Archivos el 15 de junio de 2019, comenzó el plazo de un año para que las entidades federativas armonizaran sus legislaciones con los contenidos de dicha ley.
Las entidades federativas deben:
- Regular el Sistema Local en sus leyes.
- Establecer como órgano de coordinación a un Consejo Local.
- Crear un Archivo General como entidad especializada en materia de archivos, con un titular con nivel de subsecretario, titular de la unidad administrativa o su equivalente.
- Prever lineamientos para la participación de los municipios en consejos locales. El cumplimiento de los consejos estará a cargo del archivo general.
- Desarrollar la integración, atribuciones y funcionamiento de los Sistemas Locales equivalente a la Ley General de la Federación.
- Actualizar anualmente la información requerida en el Registro Nacional con las disposiciones que emita el Congreso Federal.
Archivo General e Histórico estatal
El archivo contará con un órgano de gobierno, dirección general, órgano de vigilancia, consejo técnico y científico archivístico y las estructuras administrativas y órganos técnicos establecidos en el estatuto orgánico.
Las reformas a la Ley de Archivos del estado privilegiará -de aprobarse- el respeto de los derechos humanos y favorecerá a la protección más amplia de personas, transparencia la rendición de cuentas y el interés público.
Así como contemplar la obligatoriedad de inscribir la existencia y ubicación de los archivos bajo el resguardo de cada sujeto, en el Registro Nacional.
Finalmente, la propuesta para Tlaxcala es que al Comité Estatal de Archivos se sumen como integrantes el titular de la Secretaría de la Función Pública y un representante del Consejo Técnico y Científico Archivístico.
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