Tlaxcala, Tlax. El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría (IDHIE), dio a conocer el informe Vidas en Contención. Mismo que aborda la privación de la libertad y violaciones a derechos humanos en estaciones migratorias de Puebla y Tlaxcala. Esto en un periodo de 2020-2021.
Vidas en Contención muestra resultados del monitoreo e investigación de asuntos migratorios del IDHIE, en colaboración con el departamento de Ciencias Sociales de la Universidad Iberoamericana de Puebla. Dichos datos se obtuvieron mediante visitas realizadas entre el 11 de agosto y el 15 de septiembre de 2021, tres realizadas en cada entidad.
Se habla de vidas en contención porque la política migratoria del estado mexicano, se enfoca en controlar y contener los flujos de personas en movilidades forzadas.
Contextualización
En las visitas a las instalaciones del Instituto Nacional de Migración (INM) se solicitó información demográfica de 45 personas en movilidad internacional forzada, con alta vulnerabilidad. Originarias sobre todo de Centroamérica y el Caribe, bajo un contexto de políticas de contención migratoria.
La estructura del informe se conforma de tres apartados: el primero, detención e ingreso a las instalaciones del INM; el segundo, condiciones de maltrato y abusos durante la estancia obligada; el tercero, situación de familias, niñez y mujeres detenidas. Así mismo, el documento ofrece recomendaciones y reconsideraciones para la región y el país.
La situación es alarmante porque el promedio estimado de detenciones de enero-agosto de 2021 es de 1300, en Tlaxcala y Puebla. Sobre todo porque en todos los casos de detención o «presentación y alojamiento» de acuerdo al INM, ha sido de forma violenta y con poca o nula orientación jurídica. Además de encontrarse en espacios insalubres, con alto riesgo de contagio al covid-19.
Las cifras del INM establecen que de enero-agosto de 2021 se han registrado alrededor de 148 900 eventos de “extranjeros presentados ante la autoridad migratoria” en todo el país, de los cuales, 6 900 sucedieron en Tlaxcala. Además, 9 de 10 personas detenidas en México son del norte de Centroamérica: Guatemala, El Salvador y Honduras.
Primeros datos
De los 45 casos ya mencionados, 21 fueron abordados desde Tlaxcala, de los cuales 6 son mujeres y 15 hombres. Estos divididos en 12 personas de Honduras, 1 de Guatemala, 1 del Salvador y 7 de otros.
Así mismo, las razones por las que decidieron salir de su país, se clasifican de la siguiente forma:
- 13% por violencia
- 11% por economía
- 11% otros factores
- 9% factores económicos y de violencia
- 7% factores económicos y factores ambientales
- 4% factores económicos y otros
- 4% factores económicos, de violencia y otros
- 2% factores económicos, de violencia y ambientales
Detención e ingreso a instalaciones
La mayoría de los detenidos, reportó ser aprehendidos a bordo de autobuses o en inmediaciones de centrales o estaciones (15 casos). Por otro lado, cinco personas dijeron que fue cuando viajaban en tren (4 en Tlaxcala); el resto ocurrió en la calle (1), en otro lugar diferente (11), o no lo especificaron (13).

Así mismo, 33% detenidos se sintieron discriminados al ser detenidos o cuando estaban en las instalaciones del INM. Otro 27% no, y al resto no se le pudo hacer esa pregunta. De acuerdo con la LM, artículo 67:
«Las personas migrantes, sin importar cual sea su situación migratoria, tienen el derecho a ser tratadas sin discriminación alguna, lo que a su vez implica el debido respeto a sus derechos humanos».
Además, es obligación del Estado garantizar el derecho a la no discriminación, el acceso equitativo a la justicia
y aprovechamiento de libertades y derechos (Suárez, 2012). En las instalaciones del INM en Puebla y Tlaxcala, el 58% de las personas detenidas no les dieron a conocer sus derechos y obligaciones al momento del ingreso en las instalaciones de migración. Otro 40% no pudo leer los documentos firmados sobre el procedimiento administrativo.
Uno de los casos, es el de un hombre de 42 años detenido por el INM en un operativo en Apizaco, Tlaxcala. Esto luego de viajar en un tren de carga, motivo por el que preguntó por sus derechos a lo que le respondieron:
“Me dijeron que no, que aquí no hay derechos. Dicen que no apoyan a nadie, que no
hay refugio aquí, pero en DF sí, que aquí no hay COMAR”.
Alojamiento
El tiempo de detención, de acuerdo con la LM, artículo 11, el INM tiene la obligación de resolver la situación migratoria de los extranjeros en un plazo no mayor a 15 días hábiles. Por otra parte, el alojamiento puede extenderse hasta 60 días hábiles, siempre y cuando: no se cuente con información que compruebe la identidad del migrante, que el consulado requiera más tiempo, exista un impedimento para el tránsito, y por interposición de un recurso administrativo, judicial, o un amparo.
Fue en 2021 que incluso en Tlaxcala hubo personas de Yemen detenidas, que tenían la necesidad de un intérprete o traductor. Al igual que personas de Ghana, desesperadas y sorprendidas por la detención.

Maltratos y abusos en INM Tlaxcala
Personas migrantes detenidas en Tlaxcala en el año 2020, dijeron ser blanco de burlas por parte de los agentes migratorios y guardias de seguridad privada. El motivo de dichas burlas fue la tristeza, impotencia y desesperación por la privación de la libertad, de los detenidos.
Así mismo, en 2021, también en el estado, un grupo de personas confirmaron llevar 3 días sin acceso a papel de baño. Situación que de acuerdo al artículo 2923 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, pueden ser considerados dentro de esta categoría. Así mismo, sólo se cuenta con un médico en la EM.
El Global Detention Project, establece que la estación migratoria de Tlaxcala, tiene una capacidad para 40 personas. Pero al momento del monitoreo para el informe de Vidas en Contención, se observó rebasar la capacidad.
Familias en detención
El 11 de agosto en Tlaxcala se entrevistó a 3 mujeres embarazadas y una sin completar (la mujer tenía 5 meses de embarazo).
Y pese a que tuvieron acceso a consulta médica, fue de la forma más básica para revisar signos vitales. No había trato especial para ellas, compartían espacio y en ocasiones colchoneta, sábanas y cobijas sucias con familias y menores no acompañados (la mayoría hombres de 14-17 años), en hacinamiento.
El acceso a los baños era limitado, y por la noche no permitido.
Otro caso importante, es de Waldo y Marco, dos jóvenes hondureños de 28 y 21 años. Llegaron a la estación migratoria de Tlaxcala luego de bajarlos un autobús rumbo a CDMX, a las 4 a. m., el 14 de septiembre de 2021. Waldo comentó:
“Nos bajaron porque éramos los únicos negritos del autobús”.
En entrevista colectiva a 6 mujeres de Nicaragua, el Salvador, Haití y Honduras. Una de ellas de Haití, confesó que consideró quitarse la vida cuando fue detenida y encerrada por horas en una camioneta del INM. Un joven hondureño además, perdió 3 dedos de una mano al golpearse la espalda con los «fantasmas» al lado de las vías. Obstáculos de cemento para evitar que las personas se suban al tren.
Recomendaciones
Van dirigidas a autoridades mexicanas, a la Secretaría de Gobernación, al Instituto Nacional de Migración y todo el personal de delegaciones del INM en Puebla y Tlaxcala, incluyendo a la Policía de Protección Federal en dichos espacios:
- Actuar de acuerdo al Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada
y Regular; a la Organización Internacional de las Migraciones; y al Programa de Salidas de Estaciones Migratorias (SEM). - Evitar detenciones por autoridades no facultadas, como policías municipales o estatales. En caso de que suceda, iniciar el proceso de investigación necesario en pro del principio de inocencia.
- Evitar uso excesivo de fuerza por parte de autoridades.
- No hacer uso de perfiles raciales para identificación de personas extranjeras, contar con protocolos en operativos y verificaciones migratorias apegados a los derechos humanos, a partir del principio de no discriminación.
- Implementar medidas legales y apegadas a los derechos humanos que permitan determinar la ilegalidad y/o arbitrariedad
de las detenciones. - Dar a conocer derechos y garantías a las personas migrantes en todo momento: detención, ingreso o presentación, alojamiento y al retorno, devolución o expulsión.
- Notificar de forma inmediata de detención al consulado nacional del migrante, siempre y cuando no exista temor o reservas de la persona para hacerlo.
- Facilitar posibilidad de recibir asesoría y orientación legal.
- Garantizar acceso a intérprete, sobre todo en el caso de migrantes extracontinentales.
- Garantizar el principio de progresividad y no regresividad de los DDHH de los migrantes; el principio de universalidad, sin importar su situación jurídica, sexo, raza, idioma, religión, nacionalidad, etc.
- Garantizar cumplimiento de la LM, artículo 107:
- Contar con personal calificado para brindar atención médica y psicológica. Debe ser permanente y estar disponible 24 h.
- Evitar hacinamiento y respetar capacidad máxima de cada estación migratoria.
- Promover y facilitar visitas externas, actividades recreativas y culturales.
- Prohibir incomunicación, las llamadas deben ser gratuitas y sin condicionarse.
- Ofrecer sábanas, ropa de cama limpia, jabón líquido, papel de baño, toallas sanitarias, gel líquido y cubrebocas.
- Separar lugares de hombres y mujeres para asegurar su integridad física de los migrantes.
- Acondicionar áreas de aislamiento para: personas con síntomas de COVID-19, casos diagnosticados y/o confirmados de COVID-19.
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