Tlaxcala, Tlax. La iniciativa para crear la Ley de Gobernanza Digital, fue propuesta por la Gobernadora Lorena Cuéllar, ante el Congreso del Estado. ¿De qué trata y cuáles son sus objetivos? ¡Continúa leyendo para enterarte!
Gobernanza digital, de acuerdo con Alejandra Nasser, es la articulación y concreción de políticas de interés público entre el Estado, sociedad civil y el sector privado.
Con la finalidad de mejorar competencias, alcanzar cooperación y optimizar los recursos de los involucrados, mediante tecnologías ditiales. (NASSER Alejandra, Gobernanza Digital e Interoperabilidad Gubernamental, CEPAL, julio 2021, página 14).
La iniciativa con proyecto de decreto, fue aprobada por el Congreso de Tlaxcala.
Ley de Gobernanza Digital
Los principios rectores de la gobernanza digital, incluyen Datos Abiertos por Defecto, Digital desde el Diseño, Equivalencia Funcional, Especialidad, Igualdad de Responsabilidades, Privacidad desde el diseño, Proporcionalidad, Transparencia y confidencialidad y Usabilidad.
En el caso de los derechos de los usuarios, se encuentran:
- Relacionarse y comunicarse con el sector público a través de las TICS y del canal disponible de su elección
- Acceder a sus datos y documentos que obren en poder de las dependencias y entidades y los municipios en formato digital, para realizar algún trámite, en los términos de la legislación aplicable.
- Ser tratados en igualdad de condiciones en el acceso electrónico a los trámites, acciones de gobierno, servicios y demás puntos de contacto, brindados por los sujetos obligados.
- Conocer, por medios electrónicos, el avance de tramitación de los procedimientos en los que estén interesados, excepto cuando en la normativa aplicable se establezcan restricciones al acceso a la información.
- Obtener copias electrónicas de documentos que estén relacionados con los procedimientos en los que en los que tengan la condición de usuario, previo pago de derechos establecido en la legislación fiscal aplicable, en su caso.
- Que el manejo de sus datos tenga los elementos que garanticen la seguridad y confidencialidad de los mismos en poder del Sistema.
Habrá, además, un observatorio ciudadano que vigile la aplicación de la gobernanza digital y sugiera cambios en ella.
El registro de los usuarios en la Plataforma Estatal, se hará a través del Autentificador Digital Único previstos en la normatividad aplicable y por única ocasión, sin que se requiera mayor información.
Así mismo, la implementación de la Plataforma Estatal no excluye la posibilidad de la realización de trámites y servicios de manera presencial.
Motivos de la iniciativa
Uno de los motivos de la iniciativa, de acuerdo con el documento presentado a Congreso, es que ahora las capacidades de digitalización de los servicios y la inclusión digital se convierten en esenciales para hacer eficaces a las instituciones públicas ante futuras crisis.
La gobernanza digital, permitirá disminuir la brecha digital. Ésta se define como una cuestión social vinculada con la cantidad de información de las personas, dependiendo de si tienen o no acceso a la sociedad de la información y las TICS.
Incluye los desequilibrios en materia de infraestructura de Internet, información y conocimientos, e igualdad de oportunidades en dependencia del ingreso, la raza, la etnia, el género u otros criterios similares.
Así mismo, la gobernanza digital es la manera en que el ciudadano puede saber cómo el gobierno gestiona los asuntos públicos a unos cuantos clic de distancia, sin salir de su
domicilio o lugar de trabajo.
Puede monitorear desde el estado de la reparación de un bache, una poda o la sustitución de una lámpara, hasta ingresar a la virtualidad para ser testigo de una sesión de un comité de adquisiciones, una audiencia de carácter administrativo, la deliberación de un Congreso o la resolución a un asunto de naturaleza jurisdiccional.
Al expedir esta Ley de Gobernanza Digital, deberán reformarse 17 leyes. Éstas son: Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; Código Financiero de Tlaxcala y sus Municipios; Ley Municipal Estatal; Ley de Archivos Local; Ley de Catastro del Estado; Ley de Ciencia y Tecnología de Tlaxcala.
También la Ley de Comunicaciones y Transportes Estatal; Ley de Consulta Ciudadana Local; Ley de Fomento Económico Local; Ley de Mejora Regulatoria para el Estado y sus Municipios; Ley de Profesiones de Tlaxcala; Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado; Ley de Sociedades de Convivencia Solidaria Estatal.
Así como la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado y sus Municipios; Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Tlaxcala; Ley que Regula el Otorgamiento de Recursos Públicos a las Organizaciones Sociales del Estado y la Ley de Seguridad Pública de Tlaxcala y sus Municipios.
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