El jueves pasado los y las diputadas de la LXIV Legislatura local aprobaron una serie de reformas a la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala. Entre las reformas está que el Ministerio Público adscrito al Módulo Especializado en delitos de Género y Violencia Intrafamiliar deberá certificarse en la atención presencial de primer contacto con mujeres en situación de violencia con el fin de garantizarles el acceso a la justicia.
Ante ello nos preguntamos: ¿cómo se garantizará en la práctica que, dentro de estos módulos especializados, se tenga la capacidad de vincular la violencia familiar con la trata de mujeres con fines de explotación sexual? Esta pegunta la hacemos porque el pasado 16 de marzo, en medios de comunicación se publicó que una mujer víctima de trata con fines sexuales había denunciado violencia familiar por parte de su pareja. También se difundió que su pareja se encontraba detenida por el delito de trata de personas y la obligó a prostituirse.
La mujer que denunció solicitaba dar con el paradero de sus dos hijos, los cuales quedaron a cargo de la madre de su pareja; pero, de noviembre de 2021 a la fecha, no sabía nada de sus hijos. Además, la carpeta de investigación iniciada por el delito de violencia familiar, el Ministerio Público la tenía extraviada; y cuando fue encontrada la carpeta de investigación, el abogado y la víctima de trata con fines sexuales solicitaron información sobre los avances de la investigación. Pero hasta el 16 de marzo de 2022 no habían recibido la información solicitada.
Estos hechos nos muestran que el Ministerio Público está faltando al cumplimiento de la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala, que en su artículo cuarto nos dice: “El Ministerio Público es la institución que tiene como fin, en representación de la sociedad, investigar los delitos y brindar la debida protección a las víctimas u ofendidos; perseguir a los probables responsables de los mismos; ejercer ante los tribunales la acción penal y exigir la reparación del daño…”.
El incumplimiento de la Ley que rige las funciones del Ministerio Público que lleva el proceso de investigación antes mencionado, coloca en condiciones de riesgo a dos menores de edad; pero, siendo un caso de trata con fines sexuales, coloca también en condiciones de riesgo a una mujer que ha sido víctima de trata.
Los Ministerios Públicos desde hace mucho debieron integrar en su práctica la perspectiva de género, derechos humanos y el marco legislativo vigente en nuestro estado y país. También deben tener claro que la denuncia de un delito, puede estar vinculado al ejercicio de otros delitos como en el caso señalado líneas arriba. Es necesario ubicar la complejidad de la violencia que viven las mujeres y niñas en nuestro estado, para generar la máxima protección a la víctima y un acceso real a la justicia.
Vía acceso a la información, la Procuraduría General de Justicia del estado informó que del periodo de enero a octubre de 2021, se interpusieron 61 denuncias por explotación sexual; pero sólo se indica la apertura de una carpeta de investigación en ese periodo. Resulta preocupante que los ministerios públicos no abran carpetas de investigación de este delito, el cual debe investigarse de oficio; es decir, no es necesaria la denuncia de una víctima.
Sabemos por la historia que no basta la simple existencia de las leyes para una aplicación eficaz. Por ello, es importante que el legislativo genere un contrapeso real de poderes.
De acuerdo con la fracción III, del artículo 144, del reglamento del Congreso del Estado de Tlaxcala, las y los diputados podrán solicitar la “… comparecencia de los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Publicas Centralizada y Descentralizada…”.
Esperamos que las y los diputados den seguimiento a la implementación de las reformas que aprobaron, solicitando la comparecencia de las autoridades cuando la ciudadanía denuncia la omisión o simulación gubernamental; generando con ello la presión necesaria para que las autoridades asuman su responsabilidad establecida en las leyes y políticas y se garantice el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y explotación sexual.
Marisol Flores Garcia
Centro Fray Julián Garcés Derechos Humanos y Desarrollo Local A. C.