Defensa del feminicida de Cecilia N. quiere cambiar el delito por homicidio

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Tlaxcala, Tlax. Efrén López, representante de la Red Estatal de Víctimas, ofreció al mediodía una rueda de prensa para exponer que en el caso de su hija Cecilia N., el presunto culpable Semey N. y su defensa buscan cambiar el delito de feminicidio por homicidio.

Tanto Efrén López como familiares de Cecilia N., claman justicia por el feminicidio de la joven de 26 años el pasado 14 de mayo de 2021.

 

Supuestos argumentos para cambiar la tipificación del delito de feminicidio

El padre de Cecilia N., refirió que ayer, que tanto él como sus familiares tuvieron que apelar a los argumentos del feminicida de su hija. Pues quieren reclasificar el feminicidio por homicidio.

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Su argumento es debido a que no hay razones de género en el delito. Será en la sala penal, en la segunda instancia en donde tendrán la oportunidad de ratificar -Efrén López y familiares- o incluso exigir que se mantenga la sentencia de 55 años o se amplíe a los 70.

Esto, ya que las pruebas son contundentes, pues Cecilia N., recibió 6 disparos por la espalda. Se recaudaron todos los elementos para demostrar el delito. Tan es así que se decretó por unanimidad la sentencia en el Tribunal de Enjuiciamiento.

«No estoy contento, no estoy satisfecho, no estoy tranquilo en el sentido de que éste es el caminar de todas las víctimas que están pasando después de una sentencia».

-Efrén López.

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Mencionó también que la parte acusada está buscando fallas en el Código Penal y argucias legales para su defensa. Es este el caminar constante y el pesar de las familias de las víctimas día con día.

De igual forma, cuando el Tribunal de Enjuiciamiento mencionó durante la sentencia la reparación del daño, tanto a su padre como familiares no les importa lo económico. Porque hasta que la sentencia quede firme será el momento adecuado para cuantificar la reparación del daño, otro proceso aún más tardado.

Efrén López busca documentar y exhibir el caminar de las familias. La suya no está tranquila, siguiendo hasta las últimas consecuencias. Desde el principio han cuidado en suma el procedimiento, que aún con sus errores en la procuración de justicia con 3 cambios en Ministerios Públicos, están atentos a la resolución de las autoridades.

Ahora, su confianza la depositan en la sala penal en la segunda instancia, que aunque consideran que la justicia les dará la razón y ratificarán los argumentos del feminicida, aún así se van a amparar.

«Nos hemos manifestado pacíficamente […] y es lo único que les pedimos, que se apeguen al derecho de los familiares de las víctimas […] más de 17 pruebas firmes y contundentes».

-Efrén López.

Caso de Cecilia N. y razones de género en el Código Penal

Cecilia era una mujer joven, emprendedora y madre de una niña de 9 años y un pequeño de 6, originaria de Cuapiaxtla. Fue privada de la vida por 6 disparaos por la espalda por su compadre Semey N., fue hallada al otro día en un rancho -propiedad del agresor- en Zitlaltepec.

El 14 de mayo de 2021, Semey N. citó a Cecilia N. con engaños en su rancho. Ahí mismo la privó de la vida y la dejó abandonada. A las 11:00 p. m. del mismo día, el agresor le escribió a los familiares de Cecilia para decirles dónde la iban a encontrar.

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Al día siguiente a las 8:00 a. m., Efrén López y su familia estaban reconociendo el cuerpo de Cecilia N. Por la tarde noche del mismo 15 de mayo, el feminicida se declara culpable, queriendo recurrir al procedimiento abreviado y a la reparación del daño.

Ya que si se declaraba culpable en ese momento, la sentencia sería menor. Fue hasta el 19 de octubre de 2022 cuando inició la audiencia del juicio oral donde el Ministerio Público hizo el alegato de la apertura de pruebas.

Sin embargo, el camino a la justicia para Cecilia N. sería aún más largo, hasta que el 26 de junio de 2023 se sentención a Semey N. a 55 años de prisión por el delito de feminicidio. Y aunque familiares de Cecilia N. esperaban una sentencia ejemplar de 70 años, no se logró.

Así mismo, son más de 50 familias de víctimas de feminicidio que se encuentran luchando por una sentencia justa.

Razones de género en el Código Penal

De acuerdo con el artículo 229 del Código Penal de Tlaxcala, comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que el sujeto activo lo cometa por odio o aversión hacia las mujeres.
  2.  Que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
  3. Que la víctima presente signos de violencia física, se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida, o actos de necrofilia.
  4. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia de las previstas en el artículo 6 de la Ley que Garantiza a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado, que pongan en riesgo la integridad física de la víctima por parte del activo.
  5. Cuando la víctima sea la cónyuge, concubina, o el sujeto activo haya mantenido alguna otra relación de pareja o sentimental, afectiva o de confianza con esta.
  6. Existan datos que establezcan por cualquier medio, incluyendo los electrónicos que hubo amenazas, directas o indirectas, relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo contra la víctima.
  7. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
  8. El cuerpo de la víctima se expuesto, exhibido, depositado o arrojado en un lugar público.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión y multas de 2 mil a 5 mil días de salario.


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