Tlaxcala, Tax. Los sujetos obligados que destruyan archivos sobre su ejercicio y administración serán sancionados e incluso sometidos a proceso penal de acuerdo a la ley general de archivos, señaló José Guadalupe Luna Hernández, coordinador de la Comisión de Archivos y Gestión Documental del Sistema Nacional de Transparencia (SNT).
En el foro “Principios de Gestión Documental y Archivos” que tuvo lugar en el Teatro Universitario y coordinado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y protección de Datos Personales (IAIP), Luna Hernández señaló que las sanciones que establece la ley son de hasta 150 mil pesos y, en su caso, demanda penal contra el funcionario público que destruya o extravíe los archivos.
Aunque la iniciativa de ley de archivos establece las obligaciones y métodos para su clasificación y conservación, a fin de garantizar el derecho al acceso a la información pública, el especialista señaló que la Ley aún tiene vacíos que impiden el resguardo efectivo de la memoria gubernamental y la autonomía de los sistemas estatales para conservar, clasificar y abrir los datos que ayuden a la rendición de cuentas.
La ley establece sanciones de que van de los 11 mil hasta los 150 pesos contra los sujetos responsables del extravío o inexistencia de un documento, hasta demandas penales por la inexistencia de la información.
En entrevista con medios de comunicación señaló que el próximo año los 144 sujetos obligados estarán sujetos a sanciones si no comprueban la inexistencia de los documentos, por lo que recibirán sanciones económicas
Luna Hernández dijo que es una obligación gubernamental conservar la memoria y el historial de sus funciones, a fin de reducir la distancia entre los ciudadanos y las autoridades si se quiere un sistema democrático y transparente efectivo.

