Tlxcala, Tlax. De acuerdo con el titular de seguridad en el ayuntamiento de Tlaxcala “las pintas que realizaron mujeres en monumentos históricos podrían ser considerados un delito”.
De acuerdo con las leyes federales y locales esto es falso. Por lo que, en dado caso, dichos actos realizados por mujeres se podrían considerar solo infracciones a la imagen urbana.
Señalamientos
“Las pintas que realizaron grupos feministas en monumentos históricos en la capital podrían ser considerados un delito porque son una alteración o daño en propiedad ajena”, fue lo que señaló Agustín Durán Córdoba, Director de Seguridad Publica de capital del Estado.
Ante esto, aseguró que todo dependerá de la alcaldesa Mildred y del área jurídica como las encargadas de determinar si efectuarán alguna denuncia en relación a las fotografías que existen
Sumado a esto, también declaró que en la manifestación estuvieron planificadas para hacer destrozos ya que “las manifestantes tenían bien planeada su estrategia ya que al realizar la pinta, se cubrieron con pancartas y mantas para impedir que fueran identificadas”.
Además de estos señalamientos, habló de las posibilidades de proceder penalmente. Teniendo como única limitante, no tener nombres de las personas directas que realizaron dichos actos.
Siendo en todos los casos señalamientos sin fundamento pues las acciones realizadas no son un delito. Así como tampoco se puede proceder penalmente y menos dependerá de la alcaldesa proceder contra las mujeres de manera legal.
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Falsedad detrás de las declaraciones
En primer término, no puede señalarse como delito lo acontecido con la marcha de mujeres del 8M2021 algo sin una investigación previa. Así mismo, deben existir denuncias ante los ministerios públicos. Algo que no corresponde exclusivamente a la edil de la capital. Sino de todo los supuesto afectados, tanto públicos como privados.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 397 del Código Penal Federal existe el delito de daño a la propiedad ajena o privada. Sin embargo, para que esto suceda tiene que existir un incendio, inundación o explosión con daño o peligro a una personas.
Sin embargo, en lo sucintado el 8M no existió ninguna de estas afectaciones a dicho grado para alcanzar a ser considerado un delito.
Sí puede haber infracciones
Por su parte, en el Código Penal en Tlaxcala se señala como delito el destrozo con explosivos, riñas y acciones que pongan en peligro la integridad de los ciudadanos; así como del patrimonio con del Estado.
En el caso de pintas, maltrato, uso indebido o maltrato de propiedad pública o privada se consideran infracciones que pueden alcanzar multas de hasta 4 mil pesos y arrestos que no superan las 24 horas.
Por tal motivo, todas las declaraciones emitidas por la autoridad municipal resultan falsas y no habría motivo para considerar como un delito las formas de expresión emitidas el pasado 8 de Marzo.