Tlaxcala , Tlax. Te traemos el resumen de las iniciativas en el Congreso de Tlaxcala de este 29 de abril. Presentan iniciativa para declarar patrimonio histórico y cultural en Tlaxcala a dieciséis construcciones franciscanas edificadas en el siglo XVI y van por 4 años de prisión tras copula con menores en Tlaxcala.
Buscan que dieciséis construcciones franciscanas en Tlaxcala sean Patrimonio histórico y cultural
La diputada, Reyna Flor Báez Lozano subió al pleno la iniciativa para declarar patrimonio histórico y cultural en Tlaxcala a dieciséis construcciones franciscanas edificadas en el siglo XVI. Las cuales se ubican en:
- Convento de Nuestra Señora de la Asunción y actual catedral de la Asunción de la Virgen de los Cielos en Cuerpo y Alma, sitios en la ciudad de Tlaxcala.
- Convento de San Luis Obispo, de Tolous, en Huamantla.

- Convento de San Francisco de Asís, en Tepeyanco, Tlaxcala.
- Convento de San Juan Alfonso y Virgen de Guadalupe, en Guayaquí.
- Convento de Nuestra Señora de Los Ángeles, en Chautla.
- Convento de San Felipe Apóstol, en Zacualpán, de Mariano Matamoros.
- Convento de la Virgen de la Purísima.

- Convento de San Judas Tadeo de Simón, actual parroquia de San Antonio de Padua, en Calpulpan.
- Convento de San Juan Bautista en Tlalanga de Tlaxcala.
- Convento de la Virgen María en Santa María Tlaxcala.
- Convento de la Natividad de la Virgen María, en Natividad de Tlaxcala.
- Convento de la Virgen de las Nieves, en Totonla.
- Templo de San Juan Evangelista en el municipio de San Juan Huaxingo, Tlaxcala.
- Capilla abierta de San Esteban ubicada en Tizatlán, en Tlaxcala, Tlaxcala.
- Templo de San Luis Rey de Francia, en Apizaco, de Tlaxcala
- Templo de Santiago Púlpul, en Tizatlán,Totonla.
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4 años de prisión a quien copule con menores
Avanza la iniciativa para garantizar los derechos de las infancias de la Comisión de Puntos Constitucionales, gobernación y Justicia y Asuntos políticos.
La comisión mencionó que se reforma en la fracción primera del artículo 289 y el artículo 293, en la cual:
- Se impondrá de 6 meses a 4 años de prisión y multa de 36 a 288 veces el valor de la unidad de medida y actualización, a quien sin violencia realice copula con persona menor de 18 años de edad.
- A quién realice copula con una persona mayor de 15 o menor de 18 años de edad obteniendo su consentimiento por medio de la seducción por el engaño o por relación de poder.
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- A quien introduzca podría oral, vaginal o anal cualquier parte del cuerpo humano distinto al pene o cualquier elemento o instrumento a una persona mayor de 15 o menor de 18 años de edad, obteniendo su consentimiento por la seducción, el engaño o por relación de poder. Este delito se perseguirá por querella de la víctima o parte o congenital, transitorio.
Además, los procedimientos penales que se hayan iniciado antes de la entrada en vigor del presente decreto deberán concluirse aplicando la liquidación penal vigente en el momento de la comisión del delito.