Tlaxcala, Tlax. El diputado Fabricio Mena Rodríguez presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman y adicionan distintos artículos de la Ley de Conciliación Laboral del Estado de Tlaxcala.
Los motivos
Desde el 24 de febrero de 2017 se publicaron reformas y adiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral.
Y justo uno de los temas que abordaban las reformas de esos entonces, mencionaban la instauración del Centro de Conciliación Laboral, a la que deberán acudir la persona trabajadora y el «patrón».
Fue hasta el 19 de noviembre de 2020 que se aprobaron dichas reformas federales, al estado de Tlaxcala. Y el 23 de febrero de 2021 se aprobó la Ley del Centro de Conciliación Laboral.
¿Qué se va a reformar?
Para una mejor interpretación de la Ley se propone reformar los términos para la mejor interpretación de la misma, tales como audiencia presencial, audiencia virtual, conciliador, convenio, presidente y secretario técnico a integrar en el artículo 6.
Se adicionará la fracción XV Bis relativa a la difusión de la información de la función del Centro de Conciliación, sobre todo para que la ciudadanía y los trabajadores conozcan a dónde acudir en caso de un conflicto laboral.
En esa tesitura, se pretende realizar programas de difusión e información, a través de los medios masivos de comunicación convenientes para dar a conocer los servicios que presta.
También se pretende la adición de la fracción XV Ter., respecto a las atribuciones del Centro en materia de las audiencias virtuales luego de la pandemia por covid-19.
¿Dónde encontrar el Centro de Conciliación Laboral en Tlax?
Por si no lo conocías, te compartimos su sitio web oficial. Se trata de un organismo público descentralizado que privilegia la justicia alternativa para conciliar conflictos laborales.
Lo anterior para que sea posible erradicar vicios procesales para avanzar hacia un sistema oral con juicios ágiles y modernos.
Además, el Centro busca ser un «referente nacional» de justicia y democracia bajo los principios de inmediación, inmediatez, continuidad, celeridad, veracidad, concentración, economía y sencillez procesal.
El Centro de Conciliación Laboral podrá conocer los conflictos que se susciten dentro de su jurisdicción y las cuales no sean competencia del Centro Federal de Conciliación Laboral.
Es decir, todas las ramas de la industria que no contempla el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo.
Contacto
- Teléfono: (246) 462 0013
- Dirección: Plaza de la Constitución No. 23, Col. Centro., Tlaxcala, Tlaxcal. C.P. 90000
- Horario: Lunes a viernes de 08:00 h. a 15:00 h.
¿Quiénes deben acudir al federal y al local?
Las personas deben iniciar su proceso de conciliación en una oficina del Centro Federal cuando su empleador pertenezca a una de las 22 ramas industriales federales establecidas en la Constitución:
- Textil
- Eléctrica
- Cinematográfica
- Hulera
- Azucarera
- Minera
- Metalúrgica y siderúrgica (explotación de los minerales básicos, beneficio y fundición de los mismos, obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y productos laminados de los mismos).
- Hidrocarburos
- Petroquímica
- Cementera
- Calera
- Automotriz, incluyendo autopartes eléctricas
- Química (también la farmacéutica y de medicamentos).
- Celulosa y papel.
- Aceites y grasas vegetales.
- Productora de alimentos (abarcando fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello).
- Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello.
- Ferrocarrilera.
- Maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera.
- Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio.
- Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco.
- Servicio de banca y crédito
Es decir, si el conflicto se originó en una empresa con un giro en alguna de estas ramas, la conciliación debe agotarse en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Los trabajadores del resto de ramas industriales deben acudir a los centros de conciliación locales, como en actividades de:
- Restaurantes
- Hoteles
- Tiendas de autoservicio
- Seguridad privada
- Servicios de limpieza
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