Tlaxcala, Tlax. Las necesidades de la población y la entrada de la industria textil en la entidad tlaxcalteca, ha provocado que en los últimos años la contaminación del Río Zahuapan vaya en aumento.
El pasado de 6 de septiembre llegó a la redacción de Escenario de Tlaxcala una imagen en donde se puede observar que sobre la Ribereña cae agua de color rojo en el Río Zahuapan; por lo que nos solicitaron si podíamos mapear de dónde provenía ese desagüe.

Por lo que desde el 15 de septiembre nos dimos a la tarea de acudir a las oficinas de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) en Tlaxcala, a realizar entrevistas para conocer si se tenía mapeado de dónde provienen las aguas residuales que contaminan el río.
Sí hay un mapeo pero no se identifica a quién corresponde cada agua residual
En respuesta a nuestra solicitud con número de oficio B00.929.01.0450.2185 emitida por el director local de CONAGUA en Tlaxcala, Pedro Misael Albornoz Góngora; en Tlaxcala se tienen georeferenciados todos los permisos de descargas vigentes en el Río Zahuapan que han sido otorgados tanto a personas físicas como morales.
Sin embargo, en entrevista con el ingeniero Carlos Meléndez Montes jefe del Departamento de Aguas Superficiales de la Comisión Nacional del Agua, compartió a pesar de que se cuenta con este mapeo georreferenciado; no se identifica aún a quienes corresponden las aguas cuando ingresan al río.
Por lo que no se puede identificar a qué municipio u empresa corresponde el agua contaminada que fue desechada al Río Zahuapan el pasado mes de septiembre.
Municipios autorizados por CONAGUA para descargar en Río Zahuapan
A pesar de no contar con información exacta sobre quién descargó el agua con colorantes rojos, solicitamos a la CONAGUA que nos brindara la información de los municipios que tienen autorización para descargar sus aguas residuales al Río Zahuapan.

Estos municipios no solo tienen permitido la descarga del sistema de drenaje o alcantarillado, pues en estos municipios también se encuentran las empresas que tienen autorización de desechar sus aguas residuales por la misma ruta.
De acuerdo con la información brindada por CONAGUA los requisitos para que se pueda brindar la autorización de descarga al río, son los siguientes.
- Nombre, domicilio y giro o actividad de la persona física o moral que realice la descarga.
- Relación de insumos utilizados en los procesos que generan las descargas de aguas residuales y de otros insumos que generen desechos que se descarguen en los cuerpos receptores.
- Croquis y descripción de los procesos que dan lugar a las descargas de aguas residuales.
- Volumen y régimen de los distintos puntos de descarga, así como la caracterización físico-química y bacteriológica de la descarga.
- Nombre y Ubicación del cuerpo o cuerpos receptores
- Croquis de localización de la descarga o descargas, así como en su caso de las estructuras e instalaciones para su manejo y control.
- Descripción, en su caso, de los sistemas y procesos para el tratamiento de aguas residuales para satisfacer las condiciones particulares de descarga que establezca «La Comisión”, conforme a lo dispuesto en la «Ley» y el «Reglamento».
El agua del Río Zahuapan y los contenidos químicos
Siguiendo la información emitida por CONAGUA, desde el 2012 se realiza la operación de la Red Nacional de Medición de la Calidad del Agua (RENAMECA) en donde se realiza un monitoreo sistemático de los cuerpos de agua nacionales más importantes del país; entre ellos se encuentran el río Zahuapan.
A lo largo de estos diez años se han mantenidos estudios sobre la calidad del agua, y examinar si existe mejora o deterioro. Para el caso de Tlaxcala, el agua del río ha ido empeorando, por lo que actualmente cuenta con sustancias químicas que son de alto riesgo para los tlaxcaltecas.
Entre las sustancias química que se encuentran dentro del Río Zahuapan son: Cromo, Arsénico, Niquel, Plomo, Cianuros, Sulfatos, Fierro, entre otros. Además de Coliformes fecales.
Aunque las empresas que no cumplen los requerimientos para el desecho de su agua suelen recibir sanciones de acuerdo al artículo 119 de la Ley de Aguas Nacionales de hasta 1,560 UMA hasta 26,000 UMA (Unidad de Medida y Actualización); las autoridades siguen sin realizar políticas públicas que permitan un mayor control sobre las aguas que se desechan al río.
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