El feminicidio de Esmeralda N. fue cerrado por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala pese a múltiples inconsistencias; familiares exigen que el caso sea reabierto
Tlaxcala, Tlax.- El pasado 11 de octubre, medios de comunicación de nota roja publicaron un posible caso pasional y suicidio en Tetlatlahuca; en donde se encontraron los cuerpos de dos jóvenes, Esmeralda N. y Aldo N. en la habitación 301 en el hotel Cacaxtla, ubicado en la carretera 90730, V. Carranza 5, 90733 Tetlatlahuca, Tlaxcala. A pesar de la múltiples inconsistencias sobre cómo se dieron los hechos, el caso fue cerrado por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala (FGJE). Familiares y amigos exigen justicia y transparencia en el caso.

Esmeralda N. dedicaba sus mañanas a estudiar contabilidad en la Universidad de Derecho de Zacatelco y por las tardes, trabajaba en una taquería. Ella y sus dos hermanos vivían en el segundo piso de una casa, y en la planta baja se encontraba la taquería donde trabajaba. Vivirían en ese lugar hasta diciembre, posteriormente se cambiarían a la casa que construían sus padres.
La madre de Esmeralda y ella mantenían contacto mutuo, hasta el fin de semana del 10 al 12 de octubre, que perdieron comunicación. Fue a través de las noticias que volvió a saber de ella. Amigos y familiares de Esmeralda N. y Aldo N. (la otra victima del caso), comenzaron a movilizarse y dar con su paradero con terceros. Al llegar al hotel Cacaxtla que referían los medios de comunicación, los familiares de Aldo N. vieron que las placas del vehículo correspondían a las de él.
Este, sería el inicio de distintas irregularidades en los hechos narrados por parte de elementos del Ministerio Público en el feminicidio de Esmeralda N. y el homicidio de Aldo N.
De acuerdo con personas que pidieron el anonimato por seguridad, señalaron que ambas familias afectadas no han tenido el mismo trato por parte del Ministerio Público.
«Le pidieron a la familia de la afectada el reconocimiento del cuerpo y las pruebas de ADN para la coincidencia familiar, pero al poco tiempo les dijeron que llamaran a una funeraria… ni siquiera habían hecho las pruebas».
De acuerdo con medios de comunicación locales, ambos cuerpos presentaban golpes, Esmeralda en el rostro y Aldo de arma blanca en el cuerpo.

Para sus los familiares, conocidos y amigos de los afectados, estos datos son ilógicos, pues cuestionaron que la fuerza física de Esmeralda, no corresponde a los golpes registrados en el cuerpo de Aldo. En el seguimiento de los hechos, a los familiares involucrados se les dijo que Esmeralda y Aldo se atacaron mutuamente, además de agregar que encontraron un arma blanca.
«(…) Dijeron que se habían atacado entre sí, que Esmeralda había atacado a Aldo y que él a ella».
Las denuncias anónimas refieren que se le dio acceso a la carpeta de investigación de la familia de Aldo. A ellos, sí les mostraron fotografías además de mencionar por el mismo Ministerio Público, que hubieron terceras personas las involucradas en el caso. Sin embargo, a la familia de Esmeralda les habían alargado la carpeta de investigación refiriendo la espera de 8 a 15 días, desde el lunes 13 de octubre. Para que finalmente, el pasado 10 de noviembre, el funcionario José Aguilar Cantero les informara que dicha carpeta se había cerrado tras concluir que «ambos se habían matado entre sí».
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«A la mamá de Esmeralda le han dicho que fue un caso pasional, pero seamos sinceros, su hija era delgada y de estatura baja, y él mucho más alto… le llegaba apenas en la parte del hombro como para que tuviera la fuerza de hacerle 6 puñaladas».
De acuerdo con la denuncia anónima, el cuerpo de Aldo N. contaba con moretones en las manos (como si hubiera estado amagado) y la boca hacia abajo.
Otra denuncia anónima señala que durante las visitas de las personas declaratorias, una persona llegó a las oficinas del ministerio público a entregar los videos del hotel Cacaxtla. Mismos, que hasta el momento, se han mantenido reservados, sin que las familias de ambos tengan acceso.
Estas acciones por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado, infringen la ley. De acuerdo con el criminólogo, Alonso Longoria el artículo 251 del Código Nacional de Procedimientos Penales refiere que los actos de investigación no necesitan autorización de algún juez para realizar la investigación correspondiente en el lugar. Es decir, que el policía puede llegar al lugar de intervención y solicitar la entrega de grabaciones y compartir la información con los familiares.
«En el mejor de los casos la dirección del hotel no pondría resistencia y le diría: <sí, te las puedo entregar si me traes una memoria, cualquier cosa>. Muchas veces los hoteles piensan que se pueden meter en problemas y ellos entregan grabaciones, lo cual es un error. Pero cuando la gente se opone, le dice al policía, no te las puedo entregar a menos que me des un escrito; entonces el policía lo solicita a la gente del Ministerio Público».
Refirió que una vez que una de las partes acceden a ver los videos, estos ya hubieron sido revisados, por lo que todos los afectados tendrían el mismo derecho a verlos. El criminólogo agregó que para tener acceso directo a una carpeta de investigación, se requiere que seas un familiar directo de la victima, es decir, madre, padre o hijo.
Además, durante el fin de semana del 10 al 12 de octubre, familiares y amigos de las victimas señalaron que ambos se portaron «raros»; refiriendo algunos mensajes escritos como por parte de Esmeralda N. en donde señalaba el siguiente texto: «Ya deja de seguirme estúpido, yo amo a Aldo». De acuerdo con familiares, este hecho deja entrever que una tercera persona estuvo involucrada en este hecho pero que la Fiscalía decidió omitir al momento de realizar la investigación.
¿Cómo podemos asegurar que las autoridades que intervienen en estos casos cumplan con los protocolos para la investigación, procuración e impartición de justicia y además, lo hagan con perspectiva de género?
De acuerdo con el criminólogo, Alonso Longoria no hay un plazo definido que establezca la ley para presentar información a los familiares, pero tampoco se les restringe el derecho al acceso a la información. El artículo número 20 de la Constitución, Mexicana así como el artículo 109 y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, señalan que las víctimas tienen derecho a recibir información y a consultar en cualquier momento la carpeta de investigación, salvo que el Ministerio Público justifique que habrá reserva de datos por un tiempo para no “entorpecer la investigación”.
Sin embargo, la investigación de un delito puede llevar años, mientras no se judicialice la carpeta de investigación, es decir, mientras no haya alguna persona detenida a la que pueda acusársele del hecho. Sin embargo, el MP está obligado a dar información del caso cada que las personas afectadas lo requieran.
Hasta el momento, la carpeta de investigación FG-AIHOM-S/02/2025 correspondiente al caso de muerte de Esmeralda N. se ha cerrado.
Este caso, se une a las carpetas de investigación que la Fiscalía del Estado señala dar seguimiento. Sin embargo, desde la creación de la Alerta de Violencia de Género en Tlaxcala en agosto de 2021, la FGJE no ha dado continuidad a las medidas para el seguimiento a los feminicidios.
De acuerdo con la directora del Colectivo Mujer & Utopía, Edith Méndez, señaló que una de las medidas de la Alerta de Violencia de Género en Tlaxcala para el seguimiento de los casos por feminicidios, en cuanto a su investigación y sanción adecuada, es la existencia de una base de datos en el estado, independiente a la información que el Secretario de Ejecutivo ofrece, para que se conociera cuántas carpetas de investigación hay por feminicidios en Tlaxcala; hasta la fecha, esta medida no ha sido aplicada.
«Nos ha tocado que solicitan asesoría de cómo proceder, al menos en tres ocasiones nos han mencionado que la carpeta de investigación no avanzó por feminicidio, sino que se reclasificó o que simplemente se detuvo».
Refirió que el último caso del que tiene conocimiento, sucedió el pasado 04 de noviembre, en donde la Fiscalía General del Estado inició una carpeta de investigación por desaparición y no por feminicidio, a pesar de que Fernando N. confesara haber asesinado a Marian N. y encubrir el hecho como un secuestro.
Que, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, la persona cometa el delito de desaparición forzada tendrá de cuarenta a sesenta años en prisión.

La directora del colectivo, señaló que la reclasificación de tipo de incidencia, corresponde a la narrativa de que «Tlaxcala es el estado más seguro del país» que se quiere mantener.
Hasta el momento, de acuerdo con la base de datos del Colectivo Mujer & Utopía, se han registrado 15 casos de feminicidios en Tlaxcala de lo que va de 2025, por su parte, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad ha reportado 6 casos durante el mismo periodo.

