Karla denunció al polluelo y a su tratante hace 11 años. Juez podría dejar libres a ambos

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Tlaxcala, Tlax. La aplicación de la Ley va acompañada en muchos casos de la búsqueda insistente de justicia por parte de quienes han sido violados y transgredidos en sus derechos humanos. Mientras la apertura de expedientes se distancia más de su resolución en términos temporales, se introducen más lagunas y huecos narrativos que se vuelve muy complejo leer dado que muchos de los documentos que se van acumulando en el proceso no son de carácter público y los instrumentos legales se modifican.

La liberación de José Luis N., alias «El Polluelo», el pasado 5 de junio plantea justo un escenario en el que las omisiones, la lectura sin perspectiva de género de los instrumentos jurídicos y el espacio temporal entre las denuncias, hacen que el panorama completo de la implicación del presunto cómplice de trata de personas que hoy está puesto en libertad no se observe con claridad.

¿Qué tanto participó «El Polluelo» en la explotación sexual de la víctima?
¿Con qué elementos el juez a cargo de dictar sentencia lo absolvió de los cargos?
¿Qué cargos se le imputaban?
¿Hubo omisiones en el proceso?
¿Qué instrumentos jurídicos se aplicaron?
¿Estuvo la víctima en el centro del proceso?
¿Cuál es la historicidad del caso? 

En conversación con parte del equipo de la víctima; así como en entrevista con ella para Escenario Tlaxcala, y con elementos compartidos por la sociedad civil, se presentan los siguientes puntos que abonan a la comprensión de este evento que marca un retroceso en la búsqueda de justicia para Karla Jacinto.

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Karla Jacinto

Karla Jacinto es una joven de 27 años originaria de Ciudad de México que en la actualidad es reconocida por su activismo para la visibilización de la trata de personas con fines de explotación sexual y que es ya una voz importante en la apertura de diálogo, debate y sensibilización en el tema.

Una mujer que ha encontrado fuerza y valentía en lo que vivió de 2005 a 2009 mientras fue explotada sexualmente por Gerardo N., alias «El Cepillo»; obligada a tener relaciones sexuales más de 43,200 veces, violaciones que ocurrieron en Guanajuato, Puebla y Tlaxcala.

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En 2009, Karla es rescatada en un operativo en la Ciudad de México. Cinco años después, decide denunciar a su agresor y a una cómplice, Leticia N., en la Procuraduría General de Justicia de Tlaxcala, que gira una orden de aprehensión por el delito de lenocinio y asociación delictuosa.

Pasaron otros cinco años para que fueran aprehendidos en Chiapas. Pasaron 10 años para que comenzara a hacerse justicia para ella.

De acuerdo a una entrevista que Escenario Tlaxcala pudo realizar con Karla, respecto a si la citaron para carear al Polluelo o para hacer algún otro asunto para el proceso, contestó que no y que además desde su primera declaración aparece el Polluelo implicado en la red de trata a la que perteneció en pasajes que narró para este medio.

«No hicieron absolutamente nada como se tiene que hacer. Solamente lo dejaron libre, no leyeron los tomos, dijeron ‘Ay, no hay cómo justificar el delito’ y lo dejan libre. Imagínate si ahora me van a decir que a Gerardo lo podrían dejar libre porque no hay una justificación a pesar de que hay 16 tomos y han pasado 12 años. Sería una tontería», enfatizó.

La liberación del Polluelo no es el único paso hacia atrás que pudiesen dar las autoridades para la reparación del daño de Karla, pues el 27 de agosto, el Cepillo, quien la enamoró luego de que se acercara a ella en un vagón del metro Pino Suárez en la Ciudad de México, de donde es originaria, para trasladarla a otras ciudades y prostituirla, presentó un amparo en el Juzgado Primero de Distrito.

José Inés N., alias «El Polluelo»

«El Polluelo» estuvo presente en varias momentos de los cuatro años que Karla Jacinto fue esclavizada y obligada a tener relaciones sexuales con un promedio de 30 personas al día, sin días de descanso. Incluso cuando quedó embaraza, hasta los ocho meses fue abusada para después ser amenazada con su hija.

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Este hombre que ahora se encuentra en libertad, participó en el enganche y enamoramiento para que el Cepillo pudiera explotarla. También presenció una golpiza que éste le dio a ella casi hasta matarla; así lo narró Karla para Escenario Tlaxcala, quien identificó que  también explotaba mujeres por un evento que recuerda claramente de su vida en esos años.

Elementos como estos se incluyen en los 16 tomos que componen la carpeta de investigación del caso, de acuerdo con el abogado de Karla.

«El Polluelo» fue aprehendido el pasado 2 de junio en el municipio de Quilehtla también acusado por los delitos de lenocinio y asociación delictuosa. El 5 de junio el juez Ramón Jiménez ordenó su liberación pues no encontró elementos vinculantes para procesarlo.

El 29 de junio a las 9:10 se hará la audiencia constitucional para desahogar este asunto, audiencia que llevará el juez Ramón Jiménez Casco, Juez Penal del Dto Judicial de Guridi y Alcocer. 

El mismo que dejó libre al Polluelo.

Karla hace un llamado a otras víctimas del Polluelo para que denuncien, para evidenciar la forma en que operan las redes de trata de personas y para encontrar justicia.

Ramón Jiménez Casco

De acuerdo con el auto de libertad, el juez no pudo acreditar la implicación de «El Polluelo» en la actividad delictuosa que se le imputaba por los siguientes elementos: La tipificación de los delitos, el momento en el que el caso llega a sus manos y la declaración de la víctima.

Según es documento, las declaraciones de Karla Jacinto no señalan al polluelo con suficiente contundencia para implicarlo como una en su explotación y complicidad con Gerardo N., el cepillo

Por otro lado, en 2009 que se presentó la denuncia, la tipificación del delito fue por lenocinio que en el marco de Ley implica solo al autor material del delito. Es decir, que deja fuera lo que el Protocolo de Palermo amplió con la tipificación del delito de trata de personas a «quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual…».


¿Y la asociación delictuosa de la que también se acusa a «El Polluelo»?

Con información compartida para Escenario Tlaxcala del equipo de Unidos contra la trata, en el auto de libertad el juez decreta falta de elementos para procesar a José Inés N. como responsable de lenocinio «previsto y sancionado por los artículos 170, fracción II y 171 fracción I del Código Penal vigente en el Estado en la época de los hechos«; mientras que prescribe* la acción pena por asociación delictuosa, «ilícito previsto y sancionado por el artículo 125 del Código Penal vigente en el Estado en la época de los hechos« por el sobreseimiento de la causa**, «en términos de lo dispuesto por los artículos 242 fracción III, 243, 245, 246 y 247 del Código de Procedimientos Penales en vigor, extinguiéndose de esta manera LA RESPONSABILIDAD PENAL de JOSÉ INÉS N». 

* El sobreseimiento es un tipo de resolución judicial que dicta un juez o un tribunal, suspendiendo un proceso por falta de causas que justifiquen la acción de la justicia.

** La prescripción de un delito consiste en el desvanecimiento de la responsabilidad penal de quien hubiera cometido un hecho punible, debido al paso del tiempo entre que se actuó ilícitamente y la denuncia.

Es decir, que se aplicó la ley de acuerdo con el Código Penal vigente en Tlaxcala en 2009 que no contemplaba de delito de Trata de Personas con todo lo que implica como un negocio con la participación de diversas partes, con el involucramiento de cómplices para influir en el enganche de las víctimas, así como todas las actividades alrededor de la explotación sexual de las víctimas.

El código penal Federal y la Constitución indican que uno de los derechos de un procesado es ser juzgado conforme la leyes del lugar de los hechos y las leyes vigentes al delito, esto ¿Justifica la decisión del juez que se no haya actualizado el delito?

De acuerdo con el abogado de Karla, más allá de que la tipificación de lenocinio que hace una reducción de las implicaciones y consideraciones que se incorporan al delito de trata de personas con fines de explotación sexual, el juez no contempla que el Código Penal vigente en la fecha de la denuncia incorpora ya en su capítulo de «Autoría y Participación» modalidades de delinquir en el que la complicidad en diferentes formas está considerada.

Más de 5 años en aprehender, 3 días en liberar; ¿Quién es el Juez que dejó libre al «Polluelo»?

Por su parte, el Procurador de Justicia del Estado de Tlaxcala (PGJE), José Antonio Aquiahuatl Sánchez, señaló en entrevista para un programa de una estación de radio local que fue facultad del juez desvirtuar las pruebas aportadas por la dependencia.

Allí anunció que la PGJE interpondrá un recurso de revisión ante una instancia federal al considerarse que hubo violaciones al Código Penal en torno a la desacreditación de pruebas para buscar revertir el auto de libertad dictado por el juez. Situación que no se ha dado pues la Procuraduría se encuentra cerrada por la contingencia sanitaria.

Lo que pudiese sugerir la posible pantalla de declaraciones encontradas para diluir la responsabilidad entre todas los niveles en las instituciones públicas involucradas en reparar el daño y hacer justicia a mujeres como Karla.

De acuerdo con el Colectivo Mujer y Utopía, postura en sintonía con otras asociaciones civiles de la entidad que velan por del derechos de las mujeres por una vida libre de violencia, las instituciones locales no están haciendo investigaciones exhaustivas en los delitos de alto impacto. En tanto que la ruta de la impunidad lleva un elemento importante: la falta de perspectiva de género en los funcionarios públicos.


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Aldo Castillo
Aldo Castillo
Comunicólogo de profesión, músico por pasión, docente y periodista con convicción.
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